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Denuncian negligencia judicial en protección del Bosque Nixticuil: Jueza omite frenar obra ilegal en área natural

El Comité en Defensa del Bosque Nixticuil acusó al Juzgado 8° de Distrito y al Ayuntamiento de Zapopan de permitir la construcción irregular de un “centro de educación ambiental” en el Área Natural Protegida BENSEDI, favoreciendo a inmobiliarias vinculadas al megaproyecto Capital Norte.

Por Redacción / @Somoselmedio 

Ciudad de México, 6 de junio 2025.– En una rueda de prensa realizada el pasado miércoles, el colectivo expuso las presuntas negligencias de la jueza Flor Nayelli Carreón García, titular del Juzgado 8° de Distrito en Materia Administrativa, en el juicio de amparo contra la obra promovida por el gobierno municipal y las empresas Tierra y Armonía, GVA y GIG (agrupadas en Operadora Hito Urbano).

El Comité detalló que la demanda de amparo, presentada el 21 de enero de 2025, tardó 37 días en ser admitida (27 de febrero), tiempo que el Ayuntamiento de Zapopan aprovechó para acelerar la construcción. Aunque el juzgado emitió una suspensión provisional y luego definitiva (5 de marzo), exigiendo verificar el cumplimiento normativo, las autoridades municipales ignoraron la orden.

“Presentamos pruebas de desacato desde el 19 de marzo, pero la jueza no ha actuado. El Ayuntamiento solo entregó constancias de inspecciones propias, carentes de rigor”, denunció el Comité. Además, señalaron que la Dirección de Medio Ambiente violó la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico al autorizar la obra sin una evaluación de impacto ambiental legítima.

El 24 de abril, el Comité presentó una ampliación de la demanda, exponiendo cómo el gobierno de Juan José Frangie intentó legalizar la obra con permisos irregulares, incluyendo el argumento de “derechos adquiridos” sobre un predio abandonado por 15 años, pese a las restricciones de la declaratoria de área protegida (2008) y los Planes de Desarrollo Urbano (2012-2023).

A casi dos meses, la jueza no ha resuelto sobre la violación a la suspensión ni analizado la ampliación solicitada. “Sus requerimientos al Ayuntamiento son una burla. Hay una omisión deliberada que beneficia a las inmobiliarias”, afirmaron.

Por último, el Comité demandó que la jueza reconozca el desacato del Ayuntamiento y aplique el artículo 262 de la Ley de Amparo (sobre delitos judiciales), así como una sentencia que anule los permisos y ordene la demolición de la obra por ilegalidad.

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