Home Chiapas Poder Legislativo exhorta Gobernador y Congreso de Chiapas cumplir su obligación con...

Poder Legislativo exhorta Gobernador y Congreso de Chiapas cumplir su obligación con familias indígenas desplazadas

Por Andrés Domínguez

0

La Comisión de Pueblos Indígenas de la Cámara de Diputados exhortó a las autoridades federales, la Procuraduría General de la República, al Gobernador Rutilio Escandón y al Congreso de Chiapas como al municipio de Chenalhó a atender de inmediato a las familias desplazadas, en partículas los del Ejido Puebla.

Para la Cámara de Diputados resulta evidente que no se ha cumplido desde los tres niveles de gobierno la tarea de garantizar el disfrute de los derechos humanos de las personas desplazadas; tampoco han evitado el Desplazamiento Forzado Interno, según señala la Gaceta Parlamentaria número 5520-IV, con fecha 14 de febrero.

Por tanto, al Gobierno del Estado se le pidió establecer programas emergentes para apoyar a la población que se ha desplazado, en especial a las más de 200 familias del Ejido Puebla, y coadyuvar con las autoridades federales y municipales en generar condiciones necesarias para el retorno a comunidades. Así mismo, asigne recursos humanos y materiales para cubrir sus necesidades prioritarias, también protejan las propiedades de las personas desplazadas y atiendan, otorgen sin costo alguno documentos de identidad oficial.

Al Congreso del Estado pidieron revisar la Ley de Victimas de la entidad con el fin de eliminar restricciones que tienen las víctimas del DFI, con el objeto de acceder a los beneficios que la Ley prevé para su protección y reparación y en su caso, aprobar su ley sobre DFI.

Por su parte, al gobierno municipal pidió establecer programar emergentes y coadyuvar con las autoridades federales y estatales en generar las condiciones necesarias para el retorno, atender de manera inmediata a las poblaciones, brindar protección y analizar cuáles deben ser las medidas adecuadas y eficaces que se deben diseñar para proteger las propiedades de las personas desalojadas.

A las demás instancias, se les exhortó a:

1. La Secretaria de Gobernación: instruir acciones inmediatas que tengan como objetivo el diseño, implementación y evaluación de una política pública integral dirigida a proteger y garantizar los derechos de las personas de Desplazamiento Forzado Interno (DFI).

            Segunda: La política que se diseñe debe contener un programa nacional sobre DFI.

Tercera: Generar acciones de coordinación entre las entidades de los tres niveles de gobierno.

Cuarta: Instrumentar programas de sensibilización y formación a servidores público sobre el DFI.

2. A la Secretaría de Desarrollo Social: coordinarse para implementar mecanismos que faciliten el acceso directo de la población desplazada a programas sociales en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, agua, saneamiento, empleo y fomento a la producción.

3. A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social: implementar mecanismos que faciliten el acceso directo de la población desplazada a programas de empleo, capacitación para el mismo y fomento a la producción.

Segunda: capacitar a la población desplazada para el empleo en sectores formales de la economía.

4. A la Secretaría de Educación Pública: Implementar mecanismos que faciliten el acceso directo de la población desplazada –especialmente a niños, niñas y adolescentes- obligatoria, encontrando soluciones para aquellos que no cuentan con la documentación.

            Segunda: Fomentar proyectos de acceso a la educación a las personas desplazadas.

5. A la Secretaría de Salud: implementar mecanismos que faciliten el acceso directo de la población desplazada a programas y servicios de salud, en condiciones similares a las que acceden otras poblaciones en situación de vulnerabilidad.

Segunda: Aplicar el Manual para la Atención a la Salud ante Desastre a las víctimas del DFI por desastres naturales a corto, mediano y largo plazo.

Tercera: otorgar atención prioritaria a las víctimas.

En particular, su punto 7, se dirige hacia el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), ya que se le exhortó a incorporar en los censos de población nacionales preguntas relaciones con el tema del Desplazamiento Forzado Interno, así como, instrumentar mecanismos para la documentación y el levantamiento sistemático de información de víctimas.

8. A la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas: elaborar un protocolo de apoyo para el caso de las personas desplazadas dirigido a sus funcionarios y una ruta de atención para las víctimas.

Segunda: implementar las medidas necesarias para garantizar a las víctimas de DFI el goce de los derechos que les reconoce la Ley General de Victimas.

9. Al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral: elaborar protocolos para la determinación del interés superior de la niñez y el principio de la unidad familiar en casos de desplazamiento, los cuales deben incluir la atención especial a niños, niñas y adolescentes víctimas del desplazamiento interno.

NO COMMENTS

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Salir de la versión móvil