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Decretos presidenciales y reserva del agua

Héctor Unzueta Granados

A semanas de la elección presidencial del 1º de julio y en medio de la copa mundial de futbol, el gobierno federal emite diez decretos presidenciales en los que deja de prohibir por ley la explotación de aguas superficiales en 295 cuencas, de 756 registradas en todo el país.

El gobierno mexicano ya había emprendido este tipo de acciones regulatorias desde el 2016 en relación con la disponibilidad del agua en todo el país. La pregunta aquí es qué tanto las instancias involucradas en la administración y protección de un recurso natural de gran valor como es el agua están considerando el bienestar de la población y el cuidado del medio ambiente. De parte del gobierno federal por medio de la voz del director de la Comisión Nacional del Agua, Roberto Ramírez de la Parra, menciona que no existe ningún permiso para la extracción de gas o petróleo mediante la técnica del Fracking. De acuerdo con la Alianza Mexicana contra el Fracking, un colectivo que agrupa más de 40 organizaciones civiles y sociales en México que busca prohibir el uso de la fractura hidráulica, señala que el fracking es una técnica que consiste en una serie de perforaciones horizontales en formaciones rocosas poco permeables denominadas lutitas bituminosas situadas en el subsuelo (http://www.nofrackingmexico.org/que-es-el-fracking/). El propósito es la extracción de petróleo y gas natural que se encuentra atrapado en los poros de estas formaciones rocosas y que requieren de la inyección de una mezcla de agua, arena y sustancias químicas a elevada presión que expulsa los hidrocarburos de los poros.

De acuerdo con Ramírez de la Parra, los decretos presidenciales correspondientes a reservas de agua cuentan con “el aval de los consejos de cuenca” (La Jornada, 20/VI/18). Estos consejos de cuenca son de composición mixta y están conformados por organizaciones ciudadanas y no gubernamentales como la Asociación Nacional de Empresas de Agua y Saneamiento de México (ANEAS), así como instituciones gubernamentales como la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA). Entre los objetivos de los consejos de cuenca está el de “promover el uso eficiente del agua”, así como “impulsar la conservación y mejoramiento de los ecosistemas” (https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/110940/Generalidades_Consejos.pdf.).

De parte de las organizaciones civiles como “Agua para todos, Agua para la Vida” y en voz de uno de sus integrantes, Pedro Moctezuma Barragán, se menciona que en los decretos presidenciales emitidos no se considera el derecho humano al agua, lo cual evidentemente impacta al conjunto de la sociedad civil como a los pueblos originarios. Y es que a lo largo de la historia de la actividad económica moderna de México, el gobierno federal ha transformado los marcos legislativos en materia de agua, así como el modo de nombrar el uso del agua para consumo humano y para producción industrial. En 1927, por medio de la Ley Federal de Irrigación, el agua fue categorizada como un “bien comunal”. Para 1972, el líquido pasó a ser un “bien nacional” con la recién creada Ley Federal del Agua. En el gobierno del presidente Carlos Salinas de Gortari, el estatuto del agua cambió en 1992 para dejar de ser un bien nacional, a un “bien económico” (Enciso, 2005).

Continúa…

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