REDIM rechaza la decisión del TEPJF ante el uso de imagen de niño indígena en campañas electorales

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Por Tonantzin Montzerrat/@Montzerrat_AT

08 de diciembre del 2021.- Mediante un comunicado la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) rechazó la decisión tomada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) durante la revisión de la sentencia que se llevó a cabo el pasado primero de diciembre, la cual pretendía sancionar al partido Movimiento Ciudadano por el uso de un niño indígena como imagen en campañas electorales.

El TEPJF tomó la decisión de rechazar dicha sanción debido a que el recurso presentado por la REDIM excedía el tiempo de entrega, ya que no había personal que pudiera recibirlo, además de acuerdo con la ley dicho recurso podía presentarse durante las 24 horas, aun así el Magistrado Indalfer Infante Gonzales aseguró que de recibirlo, significaba extender el plazo, lo que llevó a que la sanción para el partido no se aplicara.

Explotación de niño indígena en campañas electorales

En el 2018, a través de una campaña electoral el partido Movimiento Ciudadano comenzó a mostrar a un niño indígena como su imagen electoral, de manera que la vulnerabilidad y desprotección que representa el grupo de minoría al que pertenece dicho niño fue usada para el beneficio económico del partido, lo que es un acto poco ético, ya que el menor fue explotado como un “producto mercadológico”.

A partir de ello, la REDIM denunció tal gravedad y en el 2019 el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial lograron llegar a la resolución de que la participación de niños y adolescentes en campañas electorales únicamente sería si los temas eran relacionados a los derechos infantiles y de los adolescentes. Sin embargo, en las elecciones del 2021, el partido siguió ganando dinero público mediante la explotación del niño, por usar nuevamente su imagen.

Aunque el INE haya decidido sancionar tal acto y brindar protección al menor, la Sala Regional del TEPJF, presentó pruebas que fueron entregadas fuera de tiempo, no obstante, las validaron, tales pruebas mostraban al niño en una grabación donde mencionaba que se encontraba preocupado por la resolución del partido, revictimizando su participación, lo que evidenció una vez más el poder de explotación de Movimiento Ciudadano.

Por ello la REDIM demanda que, el proceso de resolución en contra del partido está marcado por ciertos intereses que no corresponden a los derechos y la protección a las infancias, ya que se han violado garantías judiciales priorizando intereses políticos y económicos antes que la garantía para proteger a niños y niñas explotados.

Asimismo, también se demanda que este acto es una violación ante la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, ya que, de acuerdo al artículo cuarto se menciona que en todas las decisiones que el Estado tome se cumplirán con el principio del interés superior de la niñez, es decir que se priorizará los derechos infantiles, sin embargo la explotación es una violación ante dicha ley, por lo tanto la REDIM lamenta que se ignore dicho artículo, y se considere únicamente válido la autorización de los padres como únicos responsables, sin responsabilizar al Estado, lo que representa un nulo interés ante los derechos de las infancias por parte de las autoridades mexicanas.

Por otro lado, dentro del comunicado se manifiesta el agradecimiento de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Janin Otálora Malassi, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Luis Espíndola Morales, quienes brindaron apoyo en la correcta interpretación de la ley, sin embargo también se lamenta que la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, quien se considera una persona preocupada por los derechos de las mujeres, haya decidido tener otros intereses en contra de la protección de los niños y niñas.

Finalmente, esta división de votos en la Sala Superior concluye que la participación de niñas y niños en campañas electorales puede suscitarse de forma libre, como lo ha hecho Movimiento Ciudadano, lo que permite que esta práctica sea un recurso de explotación de niños y niñas en México, principalmente aquellos que están en estados de vulnerabilidad.

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