Cámara de Diputados aprueba la consulta ciudadana para enjuiciar a expresidentes

Por Redacción/@Somoselmedio

Con 272 votos a favor, 116 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó la consulta popular para enjuiciar a expresidentes que se realizaría el domingo 1 de agosto de 2021.

El pasado 15 de septiembre el presidente Andrés Manuel López Obrador presentó un proyecto de consulta popular para llevar ante la justicia a los extitulares del Ejecutivo federal, lo cual validó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quienes modificaron la pregunta.

¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, diputada Rocío Barrera Badillo de Morena, señaló que el dictamen es de la mayor trascendencia para la vida democrática, porque por primera vez el Congreso de la Unión determina procedente y trascendente una petición de Consulta Popular.

“No se trata de un dictamen tradicional, en el sentido de que no deviene de una iniciativa ni promueve el perfeccionamiento de nuestro orden jurídico, sino que se enmarca en el proceso de aprobación de la Consulta Popular solicitada el 15 de septiembre de 2020 por el Presidente de la República”, añadió.

Indicó que es un proyecto encaminado a que la ciudadanía exprese su opinión respecto de un tema de la mayor trascendencia: las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados.

Conforme lo establece la Constitución y la Ley Federal de Consulta Popular, dijo, nos corresponde como Cámara revisora dar continuidad a este proceso; en este sentido, nos compete determinar si existe o no trascendencia nacional y, en caso afirmativo, emitir la convocatoria, ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación y notificar al INE.

En contraste, agregó, no es competencia del Congreso pronunciarse sobre la constitucionalidad de la petición, ni modificar la pregunta aprobada por la Corte.

Barrera Badillo precisó que el dictamen determina que es procedente la petición de Consulta Popular presentada por el Presidente de la República, con la pregunta formulada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Se resuelve que la materia de Consulta Popular cumple con el requisito de trascendencia nacional y se considera procedente convocar a las ciudadanas y los ciudadanos a participar en este ejercicio.

Puntualizó que este mecanismo de democracia semidirecta permite al Gobierno recibir con claridad un mandato directo y categórico de la voluntad popular, creando un vínculo de obligatoriedad.

“Se trata de dar voz y capacidad de decisión al pueblo, reconocerlo como instructor y máxima autoridad. Este derecho humano se convierte en la herramienta que permite abrir discusiones prácticamente en cualquier aspecto político, favoreciendo a un Gobierno más cercano a la ciudadanía”, afirmó,

Con ello, agregó, se obliga a los representantes a responder a la voz popular; además, es un medio para estimular la participación ciudadana y generar una sociedad políticamente activa, informada e interesada en la vida pública.

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