A cinco años de que entre 80 y 100 jóvenes fueran víctimas de desaparición forzada es muy poco lo que se sabe de aquel 5 de junio de 2020, fecha en que elementos de la Fiscalía de Jalisco y diversas policías municipales desaparecieron por varias horas a quienes decidieron ejercer su derecho a la protesta para exigir la liberación de 28 compañeros detenidos un día antes (4 de junio) en las inmediaciones de Palacio de Gobierno, lugar al que acudieron para exigir justicia por la ejecución extrajudicial de Giovanni López, ocurrida el 4 de mayo de ese año.
Este trabajo revela cómo se articuló una estrategia jurídico-legal no sólo para impedir que se conociera la forma en que se orquestó el operativo, sino también para dificultar —e incluso imposibilitar— la comprobación de la comisión de este crimen de lesa humanidad por parte del Gobierno de Jalisco. Crimen que, por cierto, ya le fue perdonado.
Por Lauro Rodríguez / @laurorodriguez_ y Andrés de la Peña / andres_dlap
Edición y colaboración de Darwin Franco / @DarwinFranco
Fotos: Mario Marlo / @MarioMarlo
Este fue un trabajo colaborativo entre El Suspicaz y ZonaDocs.
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Aunque se advirtió sobre el peligro de convocar a una manifestación en las instalaciones de la Fiscalía General de Jalisco en la calle 14 de la Zona Industrial de Guadalajara, la indignación por las 28 detenciones arbitrarias ocurridas con total abuso de la fuerza pública fue tal que se asumió el riesgo, pues ninguna de las personas manifestantes pensaron que las autoridades de Jalisco, aquel 5 de junio de 2020, fueran capaces de ir más allá de la violencia policial que ejercieron, el 4 de junio, dentro y fuera del Palacio de Gobierno.
Con un cerco de seguridad que abarcaba muchas calles más allá de la 14, donde se ubica la Fiscalía, a la manifestación llegaron más periodistas que personas, pues calles antes comenzaron a realizarse las desapariciones forzadas de todas aquellas personas (preferentemente jóvenes) que se dirigían a la protesta.
A éstas -como se detallará más adelante- las detuvieron policías vestidos de civil que portaban armas, bates y pasamontañas. Esos mismos policías se posaron, minutos antes, frente a la prensa para mostrar músculo institucional, pero ninguno de los periodistas presentes sospechaban que cuadras a la redonda esos mismos elementos iban a cometer decenas de desapariciones forzadas. Esto fue posible saberlo hasta que algunos de los pocos jóvenes que lograron escapar comenzaron a decir lo que estaba pasando: “sus amigos fueron llevados por personas con pasamontañas en camionetas sin placas”.
Decenas de testimonios similares provocaron que redes sociales rápidamente se llenaran de nombres de jóvenes que habían avisado que irían a la protesta, pero nunca notificaron su llegada y, peor aún, ya no respondían llamadas.
Y aquí es donde comienza esta historia, la de un ciudadano -que pidió anonimato por seguridad- que preocupado por lo que estaba pasando decidió interponer un amparo para conocer qué fue lo que pasó ese día y quién o quiénes son los responsables de la desaparición forzada de cientos de jóvenes.

Un amparo de emergencia, después de una desaparición forzada masiva
La noche del 5 de junio de 2020 un ciudadano presentó un amparo, en medio del estrés y la confusión que siguieron a las desapariciones forzadas que ocurrieron horas antes en frente de la Fiscalía General del Estado de Jalisco. Representando a 11 personas que nunca ha visto, reclama desaparición forzada y señala la responsabilidad del entonces Gobernador del Estado (Enrique Alfaro Ramírez), el Fiscal General (Gerardo Octavio Solís), la Secretaría de Seguridad Pública (encabezada por Adrián Michel Espino), y las policías de Guadalajara, Tonalá y Zapopan.
Durante semanas y meses, el ciudadano que presenta este amparo colaborará con un grupo amplio de jóvenes administradores de la cuenta de Twitter “@detenidxsJAL”, quienes buscaron frenéticamente toda evidencia de la desaparición forzada de entre 80 y 100 personas. Van a intentar, por meses, esclarecer los nombres correctos y averiguar el paradero de estas personas.
Cientos de usuarios de redes sociales documentaron decenas de vídeos de personas siendo plagiadas por los policías de la Fiscalía General del Estado de Jalisco. En estos vídeos, según relata Iris, una de las administradoras de la cuenta @detenidxsJal que los concentró y archivó, las personas que se manifestaban por el asesinato de Giovanni López gritaban los nombres completos de aquellos a quienes la Fiscalía desaparecía con tal de que fueran localizables después. Así fue posible integrar la lista de nombres que se presentó ante el juzgado.
“Yo lo que recuerdo de ese momento era, primero, mucho miedo. Mucho miedo de hacer eso, mucho miedo de la situación, y también mucho miedo de las personas que estábamos intentando localizar”, relata Iris.
Fuentes cercanas al caso explicaron que hubo dos cambios de titular en el juzgado. El expediente estuvo a cargo de las y los jueces David Calderón Blanc, María Goreti Rocha Aguilar y Ubaldo García Armas. Después de todo, el expediente fue longevo: casi cumplió cinco años. Según lo recuerda Rogelio, también administrador de @detenidxsJal, fue un proceso estresante y que les expuso a muchos riesgos.
“Al momento fue estar haciendo todo. Era cada hora la actualización que hacíamos (…) no dimensionaba la cantidad de cosas que estábamos haciendo (…) duró dos o tres meses, fue extenuante”.
Cuando gestionó la cuenta, Rogelio sintió emoción al ver que podía hacer algo real para ayudar, pero eso se volvió paranoia, según recuenta, dado que personas hostiles a la cuenta encontraron sus datos personales y comenzaron a mandarle mensajes por correo, por celular, y a amenazarlo. “Fue un ataque cibernético muy cabrón”, detalla Iris.
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas que se publicó el 17 de noviembre de 2017 establece que los delitos de desaparición forzada deben investigarse y perseguirse “de oficio”. Es decir: cuando se sospecha que hubo desaparición forzada, esta debe ser investigada aún cuando ninguna víctima reclame o denuncie.
Sin embargo, ninguno de los tres jueces que llevaron el expediente decidió iniciar ese proceso de investigación que, según explica uno de los abogados que presentó el amparo, debían hacer de manera paralela o independiente al amparo tan solo por tener indicios de una posible desaparición forzada.
La historia es predecible: el 25 de marzo de 2025, restando solamente 2 quejosos de los 11 que habían iniciado el proceso (puesto que muchas personas no ratificaron el amparo una vez localizadas), la última juez a cargo del expediente, Goreti Rocha Aguilar, dictó sentencia sobreseyendo el amparo con una reserva: que se continúe la investigación por tortura y maltratos.
La sentencia del amparo tramitado inicialmente como 303/2020-III, reclasificado como 2/2024-II con el cambio de la denominación del juzgado a Quinto de Distrito en Materia Penal, establece que no hubo desaparición forzada, en resumen, porque las autoridades terminaron por proveer información sobre el paradero de las últimas personas representadas.
Según se explica en la sentencia, a los últimos dos detenidos se les imputaron los delitos de dañar monumentos históricos ─a pesar de que ninguna de las dos manifestaciones donde hubo desaparición forzada fue cerca de un monumento histórico─ y de robo calificado. Incluso si estas personas pasaron una cantidad de tiempo incomunicadas e ilocalizables, el juzgado consideró que su presentación ante el Ministerio Público con estos dos delitos en su contra es evidencia de que no estuvieron desaparecidos.
Un apagón conveniente: fallaron las cámaras y no hay pruebas de desaparición forzada
Dentro del juicio, que se extendió por cuatro años y nueve meses, las y los jueces en reiteradas ocasiones solicitaron informes a diferentes dependencias estatales sobre las investigaciones abiertas del caso y el estatus legal de las víctimas.
La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC) fue una de las requeridas. Entregó el expediente 707/2021 el 01 de julio de 2022 al juez encargado del juicio de amparo 2/2024-II como prueba de las acciones de investigación que dijo haber realizado en torno a las detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas cometidas el 5 de junio de 2020.
En el documento se describe que el 5 de junio de 2020, las cámaras del C5 de Guadalajara registraron fallas técnicas, coincidentemente, en los puntos donde hubo detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas cometidas por elementos de la Fiscalía del Estado hacia jóvenes manifestantes.
Sin cámaras, no hubo pruebas para confirmar los testimonios de las víctimas y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC) terminó por archivar el caso.
El expediente 707/2021 de la FECC, al que se tuvo acceso para este trabajo periodístico, engloba las denuncias de cinco víctimas del conocido como ‘halconazo tapatío’. Las y los denunciantes describieron los hechos, dieron señas específicas de dónde fueron desaparecidos, pero en todos los casos, las cámaras del C5 no funcionaron ese día.
Por lo tanto, pese a estar la carpeta de investigación en su fase inicial y confirmar que las víctimas sí fueron detenidas arbitrariamente, la autoridad decidió abstenerse de investigar y archivar el caso el 28 de diciembre de 2021.
La FECC consideró que los testimonios de las cinco víctimas no eran suficientes, sin los videos inexistentes del C5, para dar seguimiento al caso y concluyó que:
“no se encuentran antecedentes, datos suficientes ni elementos que puedan establecer líneas de investigación tendentes a esclarecer los hechos”.
Las y los sobrevivientes
“R” es una de las víctimas incluidas en el expediente. Él declaró que dos policías lo detuvieron y subieron a una camioneta blanca de modelo reciente frente a una gasolinera ubicada en 8 de julio 2236 en la colonia Industrial de Guadalajara. En este caso, la FECC dijo que no pudo encontrar videograbaciones que captaran el momento exacto de la detención.
“A” es otra de las víctimas. Él caminaba sobre el cruce de la Calle 10 y Lázaro Cárdenas cuando fue abordado por dos policías que lo subieron a una camioneta RAM con vidrios polarizados. Coincidentemente, ese punto es otra zona ciega del C5, por lo que no hubo material en video que pudiera confirmar el testimonio de la víctima.
Adicional a esto, la FECC especifica que sí encontró cámaras en las zonas cercanas y éstas detectaron el vehículo descrito por la víctima, pero no lograron captar elementos que pudieran identificar a las dos personas que lo abordaron.
A “M” y “H” las detuvieron en la Calle 14, entre las Calles 1 y 3. Ese punto sí tiene una cámara del C5, pero convenientemente “presentó fallos técnicos precisamente cuando se suscitaron los hechos delictivos”. Lograron conseguir el video de un testigo, pero la FECC fue incapaz de identificar a las personas que desaparecieron a las víctimas.
Y por último, a “C” lo desaparecieron en el cruce de la Calle 10 con la Calle 1. Los victimarios portaban bates de béisbol. Al igual que en el caso anterior, “al momento en que se realizó la detención no se encontraba en funcionamiento la cámara correspondiente por una falla técnica”.
La Fiscalía los desapareció, pero también los localizó
La Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Jalisco (Cobupej) fue otra de las dependencias requeridas. Informó al juez que, al igual que la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), abrió reportes oficiales por la desaparición de 26 personas durante las manifestaciones del 5 de junio.
El 6 de junio, pasadas las 13 horas, la Cobupej solicitó a la Fiscalía del Estado (FE) que revisara en sus registros de detenciones si esas personas habían sido detenidas y, por lo tanto, se confirmara su localización.
La FE pudo confirmar el estatus de persona localizada de 23 jóvenes, de dos especificó que era probable su localización ya que habrían sido liberados y de uno no se tenía información, pero afirmó que estaba en proceso de búsqueda. Con esto, confirmó que, al menos, 25 de las 26 personas reportadas como desaparecidas sí fueron detenidas por sus elementos.
Adicional a esto, la FE mostró inconsistencias en tres casos específicos. Dentro del juicio de amparo, el juez solicitó información a esta dependencia sobre la situación de tres víctimas. En primera instancia, el 10 de febrero de 2023, la FE respondió por escrito que no contaba con datos sobre su localización.
Sin embargo, el 20 de julio de 2023, la Cobupej dijo al juez que la FE notificó el 10 de junio que esas tres personas fueron localizadas con vida por elementos de la entonces llamada Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas (FEPD).
Incluso presentó las cédulas de localización de “F”, “G”, y “R”, quienes habrían sido localizados el 6 de junio de 2020. En todos se especificó que su desaparición fue involuntaria y en el motivo se precisó “incomunicado por las manifestaciones”.
Los detalles de estas cédulas de localización son importantes para comprobar la desaparición forzada. Según el artículo 27 de la ley en materia:
“comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero”.
A pesar de que “F”, “G” Y “R” fueron localizados el 6 de junio, la emisión de cédulas de localización expresando que se encontraban “incomunicados”, aún cuando estuvieran en manos de la Fiscalía, pudiera calificarse como evidencia de desaparición forzada. Esto porque, aunque fuera breve el plazo, estas personas fueron privadas de la libertad y su paradero estuvo oculto hasta la emisión de las fichas.
La FEPD fue omisa en integrar en las cédulas los datos de la colonia, municipio y tipo de lugar de localización. Sólo se mencionó que fueron hallados en Jalisco, México, y de dos casos no presentó fotografía. La Cobupej tampoco requirió datos adicionales.
El juez solicitó la información a la Fiscalía y a la Cobupej para poder dar con el domicilio de las tres víctimas y que pudieran, en su caso, ratificar el juicio de amparo, pero las autoridades no tuvieron esos datos. Las víctimas no pudieron ser localizadas por el juzgado y sus tres casos quedaron fuera del juicio que, al final, fue sobreseído.
A la fecha, los delitos de lesa humanidad cometidos ese 5 de junio de 2020 no sólo quedaron impunes, sino que además le fueron perdonados al Estado.