La CNDH a evaluación en Ginebra, Suiza

Ciudad de México, 16 de noviembre de 2016

Al igual que otras instituciones nacionales de derechos humanos (INDH), cada 5 años la CNDH es sometida a evaluación en Ginebra, Suiza, para verificar en qué medida cumple con los Principios de París. Cuando cumplen plenamente con esos principios el Subcomité de Acreditación de la Alianza Globlal para las INDH les otorga la acreditación nivel “A”; la cual, además de ser un reconocimiento relevante, les permite actuar ante instancias internacionales de Naciones Unidas. Conseguir esa acreditación es de suma importancia para las INDH, por lo que el esfuerzo para conseguirla puede coadyuvar de manera importante a que ellas actúen seriamente a favor de los derechos humanos.

1. En octubre de 2011, el Subcomité de Acreditación recomendó renovar la acreditación nivel “A” a la CNDH. No obstante, en sus recomendaciones le señaló: “que desempeñe un papel activo en el cumplimiento del Estado de las obligaciones internacionales suscritas en materia de derechos humanos que se derivan de su reforma constitucional, en particular la obligación de investigar, castigar y compensar por violaciones de los derechos humanos”. En concreto, el Subcomité resaltó la necesidad de que la CNDH reforzara sus investigaciones, así como los resultados de ellas para las víctimas en virtud de lo cual tuvieran acceso a una reparación del daño.

La anterior situación, sin embargo, no implicó que la CNDH corrigiera las perniciosas prácticas institucionales sostenidas en sus investigaciones sobre violaciones de derechos humanos y, particularmente, respecto de las violaciones graves como son la tortura o la desaparición forzada; lo cual fue informado al Subcomité de Acreditación por Efecto Útil en su Informe Previo sobre la CNDH (https://goo.gl/F1PBM8 y https://goo.gl/wrHZCJ) en que se documentan prácticas perniciosas por más de una década.

2. Como se ha indicado en esta columna anteriormente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es la autoridad que constitucionalmente debe investigar las violaciones de derechos humanos, sin embargo, incumple de forma sistemática esta obligación. Esto se ha comprobado en torno a violaciones graves de derechos humanos como lo son los casos de tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes (https://goo.gl/Q5BO6p), o la desaparición forzada (https://goo.gl/O7tq5S). De manera tal que, desafortunadamente, ha sido posible afirmar que la institución más que proteger los derechos humanos ha administrado las violaciones de derechos humanos (https://goo.gl/HrRtWx), haciéndose un uso selectivo de éstas y ocultándose la gravedad de la situación en el país.

3. El incumplimiento sistemático de las obligaciones de los organismos públicos de derechos humanos para lograr la reparación del daño de las víctimas,  a pesar de haber sido constatado en diversos niveles, ha sido legitimado, validado o sujeto de indiferencia por una gran cantidad de personas del campo de los derechos humanos: defensoras, funcionarios y exfuncionarios de esas instituciones, académicos, instancias nacionales como la SCJN o internacionales como la propia representación de la OACNUDH en México (https://goo.gl/c7yZVW). Esto ha funcionado desde el mismo origen de la CNDH como un trasfondo que sustenta y “legitima” el déficit institucional del sistema ombudsman.

En síntesis, lo único que podemos afirmar con certeza es que hoy no contamos con instancias institucionales internas capaces de movilizar el funcionamiento de la CNDH y que el posible entorno crítico está sumergido en un silencio que resulta cómplice.

4. Frente a esa ceguera, desconocimiento, complicidad, pusilanimidad, o lo que sea, la lucha por las instituciones de derechos humanos es una necesidad que interpela desde abajo, desde las miles de víctimas de violaciones de derechos humanos que atraviesan a México. No sólo se trata de lo que se pierde por la gran capacidad de acción que podrían tener las 33 instituciones de derechos humanos del país; sino porque en lugar de fortalecerlas, incluso, comienza a buscarse llenar el vacío que ellas han dejado mediante la creación de otras instancias (https://goo.gl/aPzoZw); vacío que por otro lado será difícilmente satisfecho dadas las garantías institucionales que tiene la CNDH como es la autonomía constitucional que le permite una actuación protegida de presiones políticas. Pero al final, las principales personas perjudicadas son, una vez más, las de abajo, la gente que más dificultades tendría para contratar abogados o que ni siquiera podrían ser acompañados en su totalidad por las organizaciones de sociedad civil, o que tampoco tienen una organización social que les permita al menos interpelar.

5.  Una investigación de violaciones de derechos humanos no es lo mismo que una investigación penal o una investigación por faltas administrativas, sus consecuencias para las víctimas de violaciones de derechos humanos son radicalmente distintas (https://goo.gl/gvD3er). El mal funcionamiento de la CNDH (junto con los otros 32 organismos públicos de derechos humanos del país) hace que se pierda un importante mecanismo de acceso a la justicia para las víctimas de violaciones de derechos humanos.

6. La CNDH había señalado a Efecto Útil que reflexionaría “sobre el contenido del diagnóstico, las conclusiones y propuestas contempladas en el Informe Previo” para “contribuir al mejoramiento del desempeño institucional”, conforme a lo cual a finales de septiembre hubo un acercamiento con la institución, en el cual se expuso el sentido del Informe Previo aludido. Sin embargo, a pesar de que en un principio se afirmó esta voluntad para revisar la situación de la institución, en realidad no ha habido ninguna actividad posterior de trabajo en ese sentido, y la propia CNDH no ha informado públicamente que esté en un proceso de revisión para atender los severos problemas en la investigación de los casos.

La aparente preocupación de la CNDH contrasta no sólo con la ausencia de un trabajo real, sino con el hecho de que en la respuesta oficial que dio al Informe Previo Efecto Útil el 15 de septiembre pasado, se señaló, a través de un oficio firmado por Héctor Daniel Dávalos Martínez, que “Tenemos la convicción de que no existen condiciones que justifiquen la búsqueda deliberada del debilitamiento de la presencia y participación del ombudsman mexicano en el sistema internacional. Pensamos también, que en esta coyuntura crítica para los derechos humanos en nuestro país, no es favorable pretender que se pueda impulsar el mejoramiento de la operación institucional de la CNDH, por la vía de la descalificación.”

Es preocupante que la CNDH informe la inquietud del ombudsman nacional Luis Raúl González Pérez por la afectación de su “presencia y participación” en el sistema internacional, cuando miles de víctimas de violaciones graves de derechos humanos (como la tortura o la desaparición forzada) hoy carecen de investigaciones serias conforme a los estándares de derechos humanos aplicables y, por tanto, de reparación del daño. Es preocupante que la CNDH estime que el Informe Previo constituye una descalificación, en lugar de centrar sus esfuerzos en corregir tantos años de operación institucional deficiente en contra de las víctimas (en el Informe tienen datos de 2004 al 2015), que además oculta a la sociedad mexicana la gravedad de la situación de las violaciones de derechos humanos en el país.

La CNDH, hoy, más que ser parte de la solución para atender la grave crisis de violaciones de derechos humanos, es parte del problema. Es necesario corregir la institución ya. Necesitamos algo más que discursos y “posicionamientos” que no se traducen en trabajo concreto diario. Desafortunada situación la de decir una vez más que necesitamos hechos más que palabras.

7. En esta semana, entre el 14 y el 18 de noviembre, el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global para las INDH evaluará a las instituciones de Argentina, Australia, Costa Rica, El Salvador, India, ​Mauritania, México, Namibia, Nicaragua, Nigeria, Tanzania, Zambia, Bosnia y Herzegovina, Camerún, Jordania, Malaui, Burundi. Una posible oportunidad para México está puesta en que el Subcomité de Acreditación dé un poco del eco a la necesidad de que funcione la CNDH, cuando incluso las organizaciones de derechos humanos del país, como la SCJN o la representación en México de la OACNUDH, son incapaces de ver como un objetivo esencial para la realización de los derechos humanos que la principal institución en la materia tenga un funcionamiento institucional apropiado para los derechos humanos. Si al menos hubiera un poco más de eco en México se podría ya haber avanzado mucho más.

En Efecto Útil consideramos que una INDH que no realiza la investigación de las violaciones graves de derechos humanos, que no solicita la reparación del daño de las víctimas de esas violaciones, que termina ocultando en sus archivos la situación que vive el país, y no actúa para solucionar esta situación, no puede ameritar que le se considere cumpliendo plenamente con los Principios de París, por lo que se debería valorarse seriamente no ratificar a la CNDH la acreditación nivel “A”.

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