Del total de detenciones por delitos de narcomenudeo que realizaron las policías locales en la Zona Metropolitana de Guadalajara el sexenio pasado, el 89% fueron por posesión simple. Esto significa que las autoridades determinaron que la sustancia que portaba la persona era para uso personal y no para su venta; aun así, esos casos inflan las estadísticas del combate al mercado ilícito de drogas y saturan el sistema de justicia penal.
Por Mariana Mora / @rataquerueda (X) / @caosencafeina (IG)
Análisis y visualización de datos por Héctor Piña / @YaNiPaper (X) / @hector.pina.camacho (IG)
Ciudad de México, 26 de mayo 2025.- El 10 de marzo de 2024, Lucía estaba sentada en una banqueta de la Zona Metropolitana de Guadalajara fumando marihuana. Le quedaba muy poco al cigarro cuando vio una camioneta de la Secretaría de Seguridad de Jalisco acercarse. Se paró de inmediato, arrojó el cigarro al suelo e intentó irse, pero tres policías se bajaron del auto y la detuvieron.
El consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos no es un delito, sino una falta cívica a los reglamentos municipales de policía que se sanciona con multas o arrestos cortos; por ejemplo, en Guadalajara por esta infracción se puede detener a una persona por máximo 24 horas. Sin embargo, lo que sí es un delito es la posesión de alguna sustancia psicoactiva que aparezca en la Ley General de Salud.
Cuando los policías revisaron a Lucía, no tenía más marihuana con ella, pero en el bolsillo de su sudadera llevaba un blíster con once pastillas de Clonazepam, un medicamento de uso controlado. Lucía aseguró que eran para su mamá, pero los policías le pidieron la prescripción médica. No la tenía. Los policías le dijeron que estaba detenida “por la posesión del narcótico”.
Esta descripción que hicieron los policías quedó documentada en la versión pública de la causa penal 223/2024. Los datos personales de la detenida fueron omitidos, pero la llamaremos Lucía. Cinco meses después de su detención, la jueza de distrito sentenció a Lucía a tres años, seis meses y veinte días de prisión por el delito contra la salud en la modalidad de posesión simple. Esta es la pena más alta que establece la ley para este delito.
Aunque las autoridades determinaron que Lucía no iba a vender el Clonazepam, su caso es parte de las estadísticas del supuesto combate al narcomenudeo que las policías locales llevan a cabo en la entidad.
Su caso no es aislado. De acuerdo con datos entregados por la Fiscalía de Jalisco a través de transparencia, del total de personas que han sido detenidas en la Zona Metropolitana de Guadalajara entre 2018 y 2024 por delitos contra la salud, el 89% fueron por posesión simple. Esto significa que las autoridades determinaron que la sustancia que portaba la persona era para uso personal y no para su venta; aun así, esos casos son clasificados como “narcomenudeo”.
“La guerra contra las drogas es una farsa realmente” sostiene Cristina Reyes Ortiz, abogada y directora de litigio estratégico en México Unido Contra la Delincuencia, una organización que trabaja en defensa de los derechos humanos, el acceso a la justicia y la construcción de paz.
“No se están persiguiendo realmente a los grandes capos de la droga, no se están desmantelando las organizaciones criminales, sino que más bien estamos inflando los números de la persecución del narcotráfico con las detenciones por posesión”, analiza Reyes en entrevista.
Una tendencia nacional
Este fenómeno no es exclusivo de Jalisco. En todo el país, las policías locales muestran la misma tendencia. De acuerdo con el Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal (CNSPE) del INEGI en 2024, del total de puestas a disposición que realizaron las policías municipales y estatales ante Ministerios Públicos por presuntos delitos de narcomenudeo, el 85.15% fueron por posesión simple.
Hay entidades en que este porcentaje es aún mayor. Según los datos que entregó a través de transparencia la fiscalía de Baja California, en esta entidad el porcentaje es de 95.3% y en Chihuahua es del 97.4%.
También hay entidades que reportaron porcentajes menores como Tlaxcala que del total de carpetas de investigación que inició la fiscalía estatal por presunto narcomenudeo, el 74% fueron por posesión simple; en Nuevo León ese porcentaje fue del 62.29% y en Tabasco del 57.22%. La fiscalía estatal de Michoacán reportó el inicio de 2 mil 328 carpetas de investigación entre 2018 y 2024 y todas están clasificadas como posesión simple.
¿Qué es el narcomenudeo?
En 2009 entró en vigor la “Ley de Narcomenudeo”, una reforma que otorgó a las autoridades estatales la competencia para perseguir los delitos de narcomenudeo, es decir -la venta a pequeña escala de sustancia ilegalizadas- mientras las autoridades federales se encargan del delito de narcotráfico.
La diferencia entre ambos se determina a partir de la cantidad que posean las personas al momento de su detención con base en la Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato de la Ley General de Salud.
La posesión de cualquier sustancia psicoactiva que aparece en esta Ley es un delito, sin importar la cantidad; sin embargo, si se encuentra por debajo de las dosis máximas de consumo personal e inmediato, la persona puede argumentar que es usuaria y las autoridades deben contemplar este argumento. Aún así, el Ministerio Público puede abrir una carpeta de investigación por posesión simple y, si un juez lo decide, la persona puede ser privada de la libertad hasta por tres años.
La Ley establece que si la cantidad es igual o mayor a las dosis máximas multiplicadas por mil o la sustancia no aparece en la tabla, la persona será juzgada en el fuero federal, es decir, por autoridades federales y bajo el Código Penal Federal.
Lucía fue juzgada en el fuero federal aunque la cantidad que portaba era mínima porque el Clonazepam no aparece en la Tabla, aún cuando el mismo Código Penal establece en su artículo 195 bis que el Ministerio Público no procederá penalmente en contra de la persona detenida “cuando por su naturaleza y cantidad dichos medicamentos sean los necesarios para el tratamiento de la persona que los posea o de otras personas sujetas a la custodia o asistencia de quien los tiene en su poder”.
El 21% de las sentencias que se han emitido en el fuero federal por delitos de drogas en Jalisco fueron por Clonazepam; a nivel nacional este porcentaje es el 4.8%.
Un delito sin víctimas
Aunque se trata de un delito menor que no tiene víctimas, las autoridades estatales dedican gran parte de sus esfuerzos en la persecución de la posesión simple para mostrar resultados positivos en el combate al narcomenudeo; sin embargo, una vez que se desglosan los datos de las detenciones, carpetas de investigación y sentencias, vemos que realmente son porcentajes muy pequeños los delitos como posesión con fines de comercio o comercio mismo.
En el caso de la Zona Metropolitana de Guadalajara, solo el 10.75% de las detenciones que se hicieron el sexenio pasado fueron por posesión con fines de comercio.
Esto significa que solo en uno de cada diez casos, las autoridades pudieron comprobar que se trataba de una persona que vende drogas; sin embargo, las otras nueve también fueron criminalizadas.
“Es un delito tan amplio y tan sencillo de demostrar para las policías y las fiscalías que sistemáticamente se ha utilizado para criminalizar a personas usuarias de drogas y también para criminalizar a otro tipo de poblaciones”, explica Cristina Reyes.
ZonaDocs se puso en contacto con la Fiscalía del Estado de Jalisco y la Secretaría de Seguridad del Estado para conocer su estrategia en el combate al narcomenudeo, pero hasta el cierre de este trabajo ninguna de las dos instituciones accedió a dar una entrevista.
Detenciones sin resultados
El 30 de enero de 2024 Daniel cometió el error de orinar en la calle, en el municipio de Tlaquepaque. Justo en ese momento unos policías pasaron, lo vieron y le indicaron que estaba cometiendo una infracción al reglamento de policía del municipio.
A pesar de que el reglamento sólo establece una multa de entre cinco y veinte salarios mínimos por esta infracción, los policías le dijeron que lo llevarían a los juzgados municipales y que debían revisarlo antes. En la inspección encontraron una bolsita de plástico en su pantalón con 18 miligramos de metanfetamina. Esta cantidad es menos de la mitad de lo que establece la Ley General de Salud como dosis de consumo personal; sin embargo, los policías lo llevan al Ministerio Público acusado del delito contra la salud en modalidad de narcomenudeo, en su variante de posesión simple.
El informe policial de la detención de Daniel quedó registrado en la versión pública de la sentencia 80/2024. Sus datos personales fueron censurados, pero le llamaremos Daniel. Tres días después de su detención, un juez determinó que ésta había sido ilegal por haber sido “violatoria de los derechos humanos contemplado en el artículo 16 Constitucional”. El juez argumentó que los policías no cumplieron los parámetros establecidos en las normas constitucionales ni procesales y que, aunque Daniel efectivamente poseía una sustancia ilegalizada, debía ser liberado.
Esta resolución no es un caso aislado. Tras una revisión a las versiones públicas de las sentencias que ha emitido el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, se pueden observar decenas de resoluciones en las que se declara ilegal la detención por delitos de narcomenudeo.
La diferencia entre las detenciones que la Fiscalía reportó entre 2018 y 2024 y las sentencias que se dictaron por estos delitos en ese mismo tiempo es alta. De acuerdo con la Fiscalía, las policías municipales y estatal detuvieron a 12 mil 975 personas por presuntos delitos de narcomenudeo; sin embargo, en el fuero federal solo hay 95 sentencias en la entidad por estos delitos y en el fuero común hay 100.
“Estamos gastando los recursos que son muy limitados de la procuración de justicia y de la persecución del delito a este tipo de delitos que realmente no hacen daño a las personas”, argumenta Reyes.
Esto se puede ver a nivel nacional en las puestas a disposición ante un ministerio público que realizaron las policías, de acuerdo con el Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal de 2024. El grupo de delitos que presentó mayor número de puestas a disposición fueron los delitos contra la salud relacionados con narcóticos en su modalidad de narcomenudeo y de éstos, el 85% fueron por posesión simple. Además, estos delitos están muy por encima de otros en los que sí hay víctimas como las lesiones o la violencia familiar.
En el caso de Jalisco la diferencia es aún mayor.
¿Quiénes son las personas criminalizadas?
“Yo creo que la política de drogas en México ha sido bien exitosa”, comienza a explicar Catalina Pérez Correa, doctora en derecho y académica especializada en políticas de drogas, “no para proteger la salud, pero sí para imponer un modelo de exclusión social de ciertos sectores”. Parte de su trabajo de investigación ha sido dedicado a las detenciones, sentencias y encarcelamientos por delitos contra la salud.
“Muchas de las personas que son detenidas por delitos contra la salud son hombres o mujeres jóvenes que la sociedad considera peligrosos y entonces los tenemos metidos en el sistema este de justicia penal, que es muy violento”, explica Pérez Correa en entrevista.
La edad más frecuente de las personas detenidas en la Zona Metropolitana de Guadalajara el sexenio pasado fue de 24 años. La gran mayoría son hombres; sólo el 4% del total son mujeres.
Por otro lado, actualmente hay 882 personas privadas de la libertad por delitos contra la salud en Jalisco, de acuerdo con información que entregó la Dirección General de Prevención y Reinserción Social del Estado de Jalisco a través de transparencia. El 57% de ellas está por posesión simple.
Además, más de la mitad de estas personas se encuentran privadas de la libertad sin tener una sentencia.
Esto no significa que solamente las personas que han tenido poco acceso a la educación sean usuarias de drogas. “Existen personas consumidoras que son de grupos más privilegiados”, explica Cristina Reyes y añade que, como con otros delitos, estas poblaciones tienen menos interacciones con la policía y son menos criminalizadas.
“La realidad es que el sistema de justicia mexicano está estructurado para criminalizar a la pobreza y este tipo de delitos, como el de la posesión simple, son un instrumento más para la criminalización de estas poblaciones”, concluye la especialista.
La criminalización es peor que el consumo
Después de 16 años desde que entró en vigor la Ley de Narcomenudeo, sabemos que el consumo de drogas no ha disminuido en el país. Al contrario. En 2011, el 7.2% de la población encuestada había consumido alguna droga ilegal y para 2016 este porcentaje fue de 9.9%, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT), realizada en 2016.
Desde entonces no ha habido nuevos datos sobre el consumo de sustancias psicoactivas, ya que esta encuesta no se realizó por varios años y el año pasado, cuando finalmente la volvieron a hacer, tuvo errores metodológicos por lo que tendrán que repetirla. Mientras tanto, los únicos datos disponibles son los de egresos hospitalarios por consumo de drogas, defunciones o ingresos a centros de rehabilitación. Es decir, solo hay información de los casos más graves de consumo, no de todos los tipos de consumo. Aún así, las cifras muestran que la criminalización no está funcionando: el número de egresos hospitalarios aumentó un 616% entre 2011 y 2024, según datos de la Dirección General de Información en Salud.
“Hay una dicotomía muy importante que se ha hecho en la sociedad moderna respecto a que se considera un consumo problemático de sustancias solamente cuando se trata de sustancias ilegalizadas, cuando en realidad puede haber también consumos problemáticos de sustancias legales, como es el caso, por ejemplo, del alcohol o del tabaco”, explica Ricardo Baruch Domínguez, activista e investigador en temas de salud pública, particularmente uso de sustancias psicoactivas y salud sexual y reproductiva.
También explica que no todo consumo es problemático y que una de las necesidades más grandes que tienen las personas usuarias de drogas en México, y que no está cubierta, es la información y la educación. “Y por lo tanto existe un mayor riesgo de que las personas que consumimos lo hagamos mal, que pongamos en riesgo nuestra salud o nuestra vida e incluso que tengamos problemas con las autoridades”, explica el maestro en salud pública y doctor en ciencias.
Por otro lado, la criminalización de las personas usuarias es un factor que puede empeorar las condiciones de vida y no sirve para reducir el consumo de drogas. Baruch Domínguez explica que uno de los riesgos para quienes llegan a prisión es encontrarse con otras sustancias que quizá no conocían o no consumían antes. Además, añade, el haber estado en prisión refuerza las condiciones de precariedad en que se encontraban las personas antes de entrar, como el poco acceso a la educación o al trabajo formal.
“Uno de los peores efectos de regímenes tan estrictamente prohibicionistas como el nuestro es que se invierte muchísimo dinero en criminalizar a las personas que son usuarios de sustancias, cuando ese dinero podría estarse usando para crear servicios de salud específicos con personal calificado para que, en caso de que una persona usuaria de sustancias quiera o lo necesite, pues pueda acceder a éstos”, sostiene el investigador.
En Jalisco, por ejemplo, el presupuesto autorizado este año para el Consejo Estatal de Salud Mental y Adicciones representa una sexta parte de lo que se aprobó como subsidio para la Policía Metropolitana de Guadalajara. Por otro lado, el monto aprobado para los salarios del personal de la Fiscalía Estatal es 52 veces mayor que el presupuesto completo del Sistema de Atención Médica de Urgencias de la Secretaría de Salud del estado.
“En lugar de gastar en intervenciones que te salvan la vida, por el contrario, se crean intervenciones relacionadas con la seguridad pública que más bien ponen en riesgo tu vida”, indica Ricardo Baruch. Con esto se refiere al peligro que supone un encuentro con elementos de la seguridad pública.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) del INEGI, realizada en 2021, de las personas detenidas por posesión ilícita de drogas, el 35% reportó ser golpeada o pateada después de su detención, el 22% fue asfixiada y el 12% recibió descargas eléctricas.
Por otro lado, el Informe sobre Seguridad Pública y Derechos Humanos que publicó la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) en diciembre de 2024 muestra que entre 2022 y 2024 se presentaron 786 quejas contra personal operativo de las instituciones de seguridad pública y las principales violaciones señaladas son al derecho a la seguridad jurídica, la prestación indebida del servicio público y lesiones.
Además, de acuerdo con las estadísticas de quejas de la Comisión, tanto el año pasado como lo que va de este, la autoridad con más quejas ha sido la Fiscalía del Estado: sólo en los primeros dos meses de 2025 acumulaba ya 119 quejas. También en los primeros dos meses del año ya había 16 quejas de desaparición forzada, es decir, desapariciones cometidas por agentes del Estado o por personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aprobación del Estado.
En enero de este año, un grupo de investigadores y periodistas presentó un informe que analiza 160 casos de desaparición forzada y revela que más de la mitad de estas desapariciones son atribuibles a policías municipales y un tercio a elementos de la Fiscalía estatal. Una de las formas en que sucedieron estas desapariciones fue a través de detenciones por delitos menores.
Un delito que no debería existir
En 2022, México Unido Contra la Delincuencia –la organización en la que trabaja Cristina Reyes- publicó un informe sobre el delito por posesión simple en México. El documento expone todos los motivos por los que sus autoras consideran que el delito de posesión simple debería ser eliminado, con argumentos jurídicos y evidencia documental.
“Para verdaderamente despresurizar el sistema penitenciario en México y satisfacer los derechos de los ciudadanos, debemos exigir una despenalización generalizada de la posesión simple de drogas”, señala el informe.
Pero incluso en los modelos de regulación de cannabis que se han planteado, se mantiene la existencia de este delito. “¿Cómo vas a tener un mercado de cannabis que va a generar un montón de ganancias para los empresarios que entren, mientras sigues deteniendo personas, sobre todo, marginalizadas y vulnerables?”, cuestiona Reyes al respecto.
Esta incongruencia también se ve reflejada en las cifras de detenciones y personas privadas de la libertad por la posesión de cannabis aún cuando en 2021 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición absoluta del consumo lúdico o recreativo de cannabis en adultos por afectar el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Hasta el año pasado, en la Zona Metropolitana de Guadalajara, esta fue la sustancia por la que se realizaron más detenciones y el 42% de las personas que están en prisiones de Jalisco por posesión simple es por cannabis.
Otras formas de pensar el consumo
“La prohibición no nos permite pensar otras formas alternativas de regular el consumo y, sobre todo, de reducir sus riesgos y sus daños”, expone Cristina Reyes y menciona otro tipo de medidas que funcionan como los espacios de consumo seguro o -en consonancia con Ricardo Baruch- la disponibilidad de información basada en evidencia.
“Tenemos que tener una visión mucho más transversal y que priorice el tema de salud por arriba de los temas penales y judiciales”, añade Baruch.
Para él, además de la información y educación, la prioridad del Estado debería ser las intervenciones de reducción de riesgos y daños, “que reconocen que ante el uso de alguna sustancia se debe tratar de minimizar los potenciales riesgos a la salud y que las personas puedan tomar decisiones sobre si usar alguna sustancia con base en la evidencia científica disponible y con una perspectiva de derechos humanos”.
En la necesidad de otras políticas también coincide Catalina Pérez Correa. “Yo estoy convencida, por los estudios que hemos hecho, que si no cambiamos la política de drogas no vamos a cambiar las condiciones de violencia e inequidad que existen en este país”.
Con políticas basadas en los derechos humanos y la evidencia científica, las historias de Lucía y Daniel podrían tomar otra dirección: la del acceso a la información y servicios de salud y no la de la criminalización.
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El siguiente gráfico se aprecia mejor colocando el teléfono celular de manera horizontal.