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El proceso de apertura de archivos de seguridad debe extenderse a la SEDENA PGR, SEMAR: Artículo 19

Por Redacción

Ciudad de México a 12 de febrero de 2019.- El pasado 23 de enero, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que firmará un decreto para abrir los archivos pertenecientes al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN). Sin embargo, aún no se ha decretado ninguna acción al respecto, a pesar de la urgencia por generar medidas de protección para resguardar la integridad del acervo documental de dicha institución.

Respecto a lo anterior, la organización Artículo 19 detalló que estas medidas deben ir acompañadas de una estrategia integral en materia de memoria, verdad y justicia que permitan que la apertura de archivos sea de utilidad en el combate contra la impunidad. Una estrategia de no-repetición está ligada directamente al deber de recordar del Estado y éste, a su vez, con la preservación de toda aquella información que hoy da cuenta de dichas violaciones.

La organización explicó que la apertura de archivos del CISEN es un buen precedente para abrir los acervos de otras instituciones de seguridad que cuentan con información relativa a graves violaciones de derechos humanos del pasado y del presente, tales como SEDENA, SEMAR o PGR, y así como promover la apertura de archivos en los estados.

“México se encuentra sumergido en una grave crisis de derechos humanos y la documentación de las instituciones del estado es, sin duda, una fuente importante de información para las víctimas y la sociedad sobre los hechos que no quisiéramos que se repitan.” explicó Artículo 19

Adicionalmente, es necesario que las autoridades tomen en cuenta las recomendaciones de organizaciones de la sociedad civil y academia para las medidas que se tomen.

Por lo que Artículo 19 presentó nueve recomendaciones para que esta apertura sea llevada de la mejor manera posible, garantizando los derechos humanos y contribuyendo a un proceso de memoria, verdad y justicia:

  1. Es necesario organizar y resguardar estos archivos para garantizar que no sean destruidos en el proceso de la transferencia secundaria. La CIDH y la ONU han establecido la responsabilidad de los Estados de mantener, proteger y difundir archivos vinculados a violaciones de derechos humanos. Lo mismo determina la Ley General de Archivos en los artículos 2, fracción VIII y 6, párrafo segundo. Esta primera etapa debe ser gestionada por una comisión especial encargada para ello conformada por expertos/as idenpendientes en la materia.
  2. La Ley General de Archivos contempla en el artículo 36 la apertura irrestricta tanto de los expedientes que están en un archivo histórico, como de los que serán transferidos al cumplirse su vigencia.  En el caso del CISEN, como entidad extinta, se solicita que el Decreto Presidencial contemple la transferencia completa al Archivo General de la Nación con el carácter de documentación histórica.
  3. Es necesario generar un Registro Nacional de archivos vinculados a violaciones de derechos humanos.
  4. Es fundamental que el Estado genere mecanismos de acceso que no pongan en riesgo la integridad de testigos o de personas que fueron objeto de las labores de inteligencia del CISEN.
  5. Para cumplir con sus compromisos en términos de transparencia y garantizar la accesibilidad de archivos que contengan información sobre violaciones graves a derechos humanos, la apertura de los archivos de todas las fuerzas de seguridad, y en particular de la SEDENA, es fundamental.
  6. Debe destacarse que para garantizar la transparencia gubernamental, la apertura de archivos es un paso importante que debe ir acompañado de otras medidas que abonen a la rendición de cuentas en cuanto a concesiones, contratos, designaciones públicas, ejecución de gasto, entre otras.
  7. La propuesta del gobierno federal de preservar la memoria nacional y difundir la historia del país debe ir acompañada del incremento al presupuesto al Archivo General de la Nación, cabeza del Sistema Nacional de Archivos. Los 87 millones de pesos asignados para este año —al que es el archivo más grande de Latinoamérica— son claramente insuficientes para desarrollar sus trabajos y representan una dramática reducción respecto del presupuesto que ejerció el año anterior.
  8. Debe acortarse la vacatio legis de la Ley General de Archivos para que su entrada en vigor sea inmediata y no hasta junio de 2019.
  9. Es necesario reglamentar la Ley General de Archivos y que este proceso se realice de manera abierta que permita recuperar insumos de sociedad civil y de la academia.

Finalmente Artículo 19 explicó que estas recomendaciones buscan que el Estado logre crear una política integral en cuanto a memoria, verdad y justicia de las violaciones a derechos humanos cometidas en las últimas cinco décadas, que garantice que las víctimas y la sociedad puedan tener acceso a conocer la verdad sobre lo que pasó en esas décadas, sobre quiénes fueron las víctimas, los perpetradores, y en qué contexto se dieron las violaciones a derechos humanos.

El derecho a la verdad se convertirá así en un paso indispensable para alcanzar la justicia, y a partir de ahí garantizar la no repetición de violaciones graves a derechos humanos.

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