A tres años de la clausura ordenada por la PROFEPA, los lixiviados siguen escurriendo hacia las zonas de recarga de agua del Valle de Tehuacán
Por Redacción / @Somoselmedio
El Comité de Bienes del Pueblo y Vigilancia de Santa María Coapan denunció en conferencia de prensa que la contaminación del basurero de Tehuacán, Puebla, y sus efectos sobre el pueblo originario nahua seguían sin atenderse, pese a las resoluciones administrativas y las tres sentencias de amparo que ordenaron remediar, sanear y clausurar el sitio de manera definitiva. La comunidad exigió un plan de saneamiento, reparación y justicia ambiental, y señaló que hasta ahora no existen estudios de suelo que permitan conocer los niveles reales de contaminación.
El basurero de Tehuacán ocupaba tierras que la comunidad reivindicaba como propiedad indígena y se ubicaba dentro del polígono de la Reserva de la Biosfera Tehuacán-Cuicatlán, declarada Patrimonio Mixto de la Humanidad por la UNESCO en 2018 por ser centro de origen de la domesticación del maíz y de los sistemas de irrigación mesoamericanos, por sus restos fósiles marinos y por concentrar la mayor biodiversidad de cactáceas del planeta.
Veintiocho años de operación sin un solo permiso
El sitio funcionó durante 28 años y creció de 6 a 18 hectáreas sobre territorio comunal. Según la resolución PFPA/03.2/2C27.1/0036/23/0059, dictada por la PROFEPA el 27 de junio de 2023 dentro del expediente PFPA/3.2/2C.27.1/00036-20, el relleno nunca contó con permiso alguno para operar ni con medidas de protección, evaluación o control, y su funcionamiento ilegal provocó contaminación, desequilibrio ecológico y riesgo de daños a la salud. La resolución ordenó al Ayuntamiento retirar los residuos peligrosos localizados en el sitio, elaborar un estudio de daño ambiental como base para la reparación y presentar un programa calendarizado de clausura conforme a la NOM-083-SEMARNAT-2003, con monitoreo de lixiviados.
Esa resolución llegó casi dos años después de que la propia comunidad cerrara el basurero. El 7 de octubre de 2021, por acuerdo de asamblea y mediante acción directa, los habitantes de Santa María Coapan clausuraron físicamente el sitio. El comité atribuyó esa decisión al racismo municipal y al incumplimiento de la promesa de cierre paulatino, frente a los daños ambientales y sanitarios acumulados durante casi tres décadas.
Tres sentencias y ninguna vía de cumplimiento
En paralelo, la comunidad litigó por la vía del amparo. El Juzgado Segundo de Distrito en Puebla dictó sentencia el 23 de enero de 2024, dentro del expediente 1167/2022, y ordenó al Ayuntamiento sofocar por completo el incendio iniciado en el basurero el 6 de mayo de 2022 y sanear el sitio. El Juzgado Octavo de Distrito resolvió el 30 de marzo de 2024, en el expediente 406/2022, que el municipio debía remediar el terreno y ejecutar acciones de prevención de la contaminación. En ambos casos, la PROFEPA quedó vinculada al cumplimiento.
La tercera sentencia, dictada el 14 de julio de 2026 en el amparo 446/2022, ordenó a la PROFEPA dejar sin efectos su resolución de 2023 para garantizar la participación de la comunidad en el procedimiento administrativo ambiental y dejó a salvo su derecho al territorio. El comité sostuvo que el pueblo de Santa María Coapan es propietario del predio que ocupa el basurero. La PROFEPA impugnó esa sentencia.
El resultado, advirtió la comunidad, fue que las dos sentencias en ejecución quedaron sin un procedimiento administrativo que las respaldara. En el documento entregado durante la conferencia, el comité señaló que las resoluciones vigentes carecían de una vía de cumplimiento que garantizara sanar el territorio y gozar de un ambiente sano, y que la PROFEPA tendría que reponer el procedimiento y respetar los derechos indígenas de la comunidad.
Una empresa fantasma y 41 millones de pesos
El comité detalló que el Ayuntamiento anunció una primera etapa de saneamiento a cargo de la empresa Caminos, Acarreos, Proyectos y Materiales de la Sierra, S.A. de C.V., a la que la comunidad identificó como empresa fantasma, y sostuvo que el dinero público sí se erogó. Después, el municipio cercó el perímetro y cubrió con tierra la parte superior del sitio. Más tarde reportó que la empresa Distribuidora y Comercializadora Mediheat S. de R.L. de C.V. había retirado manualmente 1,762 kilogramos de residuos peligrosos biológico-infecciosos, los únicos visibles, trasladados por Transportes Aguilar a un sitio de confinamiento. El Ayuntamiento presentó además un estudio según el cual en el terreno ya no había residuos con características de peligrosidad.
De acuerdo con la denuncia, el municipio destinó alrededor de 41 millones de pesos a pagos a empresas contratadas para esos trabajos. La PROFEPA, por su parte, dictó una segunda resolución el 11 de abril de 2025 en la que dio por cumplidas casi todas las medidas correctivas de 2023, y el Ayuntamiento interpuso un recurso administrativo de revisión contra esa resolución. Ninguna de las dos autoridades exigió un programa integral de remediación, saneamiento y clausura, señaló el comité, mientras los lixiviados continuaban escurriendo hacia las barrancas y las zonas de recarga hídrica.
La ausencia de estudios de suelo fue el punto donde convergieron los dos señalamientos. La resolución de 2023 ordenaba elaborar un estudio de daño ambiental que sirviera de base para la reparación; la comunidad sostuvo que ese estudio nunca se hizo y que la PROFEPA tampoco lo exigió. Casi cinco años después del cierre del basurero, nadie había medido la contaminación del terreno.
“No hay justicia ambiental en el país. Es una simulación del gobierno en torno al tema de justicia”, señalaron los integrantes del comité durante la conferencia.
Las pinturas rupestres de Mapajtli
En el mismo territorio se encontraban cuatro abrigos rocosos conocidos como Mapajtli o La Cueva de las Manitas, con pinturas rupestres atribuidas a los cazadores-recolectores del Valle de Tehuacán. La comunidad sostuvo que estaban siendo afectadas por los lixiviados del basurero y que el Ayuntamiento, junto con la Junta Auxiliar de Santa María Coapan, órgano auxiliar del propio municipio, pretendía apropiarse de ellas mediante un comité nombrado por la Junta, sin consulta ni consentimiento de la comunidad.
Dentro del amparo 1594/2025, en trámite, el Juez Octavo de Distrito en Puebla otorgó una suspensión definitiva que impidió que el Ayuntamiento y el Instituto Nacional de Antropología e Historia firmaran cualquier convenio sobre las pinturas rupestres.
El comité cerró su denuncia señalando a las autoridades del Estado mexicano por practicar una política racista ambiental y cultural que buscaba negar, anular y desaparecer la existencia del pueblo originario nahua y sus derechos. Su exigencia se resumió en dos consignas: “¡Justicia para el pueblo de Santa María Coapan!” y “¡Coapan limpio, Tehuacán sano!”.


