En Argentina el Senado aprobó en general una reforma a la Ley de Protección de Glaciares (26.639), vigente desde 2010, en medio de protestas ambientales y advertencias de expertos sobre la vulneración de derechos vinculados al agua y al medio ambiente. El proyecto, impulsado por el gobierno de Javier Milei con el objetivo de facilitar inversiones mineras, pasa ahora a la Cámara de Diputados en un contexto de tensión entre desarrollo extractivo y seguridad hídrica nacional.
Por Redacción / @Somoselmedio
La Ley de Protección de Glaciares (Ley 26.639) fue sancionada en 2010 y reglamentada en 2011 como una de las herramientas ambientales más avanzadas de Argentina para preservar los glaciares y el ambiente periglacial, entendidos como reservas estratégicas de agua dulce para consumo humano, agricultura, recarga de cuencas y biodiversidad. Bajo ese régimen se prohibieron actividades industriales, minería o infraestructura que pudieran alterar su equilibrio.
Desde entonces, la protección de estos cuerpos de hielo fue asumida como una política ambiental de largo plazo, con participación científica en la confección de inventarios y evaluación de impactos ambientales.
En 2025 el Ejecutivo nacional impulsó un proyecto para reformar la ley, que se traduce en redefinir criterios de protección. La propuesta modifica el alcance de la norma vigente para que la tutela quede supeditada a que las formaciones glaciares demuestren una “función hídrica específica” y otorga mayor autonomía a las provincias para decidir qué zonas quedan bajo protección, debilitando así el enfoque científico y uniforme que regía hasta ahora.
El jueves 26 de febrero de 2026 el Senado de la Nación dio media sanción a esta reforma con 40 votos a favor y 31 en contra, y el proyecto pasará a la Cámara de Diputados para continuar su discusión legislativa.
Organizaciones ambientalistas y científicos han advertido que la modificación abre la puerta a actividades extractivas —en particular minería y explotación de hidrocarburos— en zonas que hoy están protegidas, lo que pondría en riesgo no solo ecosistemas frágiles, sino la seguridad hídrica de comunidades humanas aguas abajo.
Estos cuerpos de hielo no son solo paisajes remotos: actúan como reguladores hidrológicos que sostienen ríos y acuíferos esenciales para el derecho al agua, reconocido en múltiples instrumentos internacionales de derechos humanos y en la propia Constitución argentina. Sacar de la protección normativa a glaciares sin aporte hídrico definido, o dejar a cada provincia la decisión, puede significar que comunidades rurales y urbanas queden expuestas a escasez, contaminación o degradación de recursos hídricos.
Expertos señalan además que la reforma puede violar el principio de no regresión ambiental, que prohíbe retroceder en niveles de protección ambiental logrados y que está vinculado a compromisos internacionales como el Acuerdo de Escazú, del cual Argentina es parte.
La discusión parlamentaria ha generado movilizaciones frente al Congreso, con organizaciones ambientales denunciando que la reforma prioriza intereses corporativos extractivos y socava derechos comunitarios. Hubo detenciones de activistas en las inmediaciones del edificio legislativo durante las protestas.
Estos episodios reflejan la pugna entre quienes defienden una agenda de desarrollo orientada al capital minero y de exportación, y sectores que ven en la protección ambiental un componente esencial de la justicia socioambiental y los derechos humanos.
El gobierno argumenta que la ley vigente generaba inseguridad jurídica y obstaculizaba inversiones claves para la economía argentina, especialmente en minería de cobre y litio, considerados estratégicos para las cadenas globales de energía y tecnología.
No obstante, la reforma pone de relieve una tensión estructural del poder: decidir qué modelo de desarrollo prevalece y qué impactos sobre el ambiente y la vida se consideran aceptables. El avance legislativo hasta ahora muestra una mayoría parlamentaria alineada con la agenda oficial, pero el debate continúa, y sectores críticos mantienen presión social y jurídica ante posibles efectos nocivos.

