México tiene un marco legal contra la desaparición forzada que organismos internacionales califican de avanzado y 373 condenas emitidas en todo el país. Especialistas de la ONU y del IMDHD y familiares de víctimas analizaron esa brecha a diez días del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.
Por Rodrigo Ivan Sánchez / @Somoselmedio
Ciudad de México, 20 de agosto.- México tiene un marco legal contra la desaparición forzada que organismos internacionales califican de avanzado, y 373 condenas emitidas en todo el país por ese delito. Esa distancia entre la norma y su aplicación fue el eje de una conversación virtual convocada por Amnistía Internacional y el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD), a diez días del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, en la que participaron especialistas y familiares de víctimas.
“Hay una brecha de implementación muy significativa entre lo que es este marco jurídico internacional y nacional y la aplicación práctica efectiva del mismo”, señaló Alan García Campos, representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH).
El Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas contabiliza más de 135 mil personas desaparecidas y no localizadas en el país. La cifra está en disputa: en marzo de este año el gobierno federal presentó una revisión del registro que reconoce 132 mil 534 casos y los clasifica en tres grupos según la información disponible para la búsqueda. Organizaciones como el Centro Prodh y Fundar advirtieron entonces que reducir el conteo al número de carpetas de investigación abiertas minimiza la dimensión de la crisis y evade la obligación estatal de búsqueda.
Ese pleito por las cifras se refleja en el terreno. Ximena Ugarte, abogada del IMDHD, expuso que ante las comisiones especializadas existen entre 10 mil y 15 mil reportes de búsqueda, mientras que las fiscalías apenas registran entre 3 mil 800 y 3 mil 900 carpetas de investigación por este delito.
Para Carmen, madre buscadora de Colima, esa desconexión tiene una traducción cotidiana. Denunció que la comisión estatal de derechos humanos no ha dado acompañamiento a las familias y que los ministerios públicos les exigen esperar 72 horas antes de iniciar una búsqueda, una condición que la Ley General prohíbe y que el Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada ha calificado de injustificable. Las familias reclamaron además la exclusión sistemática de múltiples colectivos en las mesas de trabajo gubernamentales recientes.
García Campos enumeró las nueve obligaciones que el derecho internacional impone al Estado mexicano: prevención, búsqueda, acceso a la justicia, derecho a la verdad, identificación certera, reparación integral, protección a quienes buscan, memoria y garantías de no repetición. Recordó que la Convención Internacional, próxima a cumplir 20 años de su adopción, consagró el derecho a no ser sometido a desaparición forzada e instituyó la presunción de vida y la búsqueda sin demora como principios rectores.
Ugarte apuntó que las autoridades utilizan los protocolos homologados de búsqueda e investigación como “camisas de fuerza” operativas en lugar de herramientas con perspectiva humanitaria. A esto se suma la ausencia de mecanismos mandatados por ley que siguen sin existir: el Registro Nacional de Fosas y el Registro Nacional de Personas Fallecidas no Identificadas.
El desempeño de los poderes judiciales ocupó buena parte de la conversación. El Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada ha descrito su actitud como “pasiva”. Aunque la Suprema Corte emitió un protocolo para juzgar casos de desaparición forzada, existe un desconocimiento extendido del instrumento entre juzgadores fuera del máximo tribunal. Los poderes judiciales locales y el federal no están supervisando a las fiscalías ni controlando las detenciones para prevenir desapariciones de corta duración, y cuando la Corte dicta sentencias a favor de las víctimas, los jueces de menor instancia no materializan esos estándares.
México concentra 819 de las 2 mil 160 Acciones Urgentes emitidas por el Comité a nivel mundial. En abril de este año, ese mismo organismo activó por primera vez el artículo 34 de la Convención para remitir la situación mexicana a la Asamblea General de la ONU, tras concluir que existen indicios de desapariciones forzadas generalizadas y sistemáticas. En esa decisión, el Comité estimó más de 4 mil 500 fosas clandestinas y alrededor de 72 mil restos humanos sin identificar en el país, y señaló vínculos entre servidores públicos y crimen organizado.
Cumplir con el marco jurídico internacional no es una concesión del Estado mexicano sino una obligación irrenunciable, coincidieron los panelistas, y requiere instituciones profesionalizadas y voluntad política.

